Preguntas frecuentes sobre negligencias médicas
Resuelva sus dudas legales ante una indemnización por negligencia médica
Conozca cómo denunciar una negligencia médica y resuelva sus dudas legales en esta sección realizada por nuestros abogados especialistas.
Ante una negligencia médica pueden surgirle muchas dudas y preguntas. En este apartado le ayudamos a resolver sus dudas legales ante una negligencia, y le indicamos cómo reaccionar ante ellas.
¿Cuándo se produce una Negligencia Médica?
Se produce una negligencia o mala praxis médica cuando un profesional sanitario actúa alejándose (por acción u omisión) de los modelos o protocolos médicos exigibles, causando un daño físico, moral e incluso económico al paciente o a sus familiares en caso de fallecimiento.
Se considera que un profesional de la sanidad incurre en mala praxis cuando no actúa conforme a lo establecido en el conjunto de normas de la profesión médica y que se recoge en las guías o protocolos médicos (lex artis).
¿Cuáles son las negligencias médicas más comunes?
Las negligencias médicas más habituales son:
· Error en el correcto diagnóstico de una patología o lesión.
· Retraso en el correcto diagnóstico de una patología o lesión.
· Intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente.
· Infecciones nosocomiales (intrahospitalarias).
· Daños producidos por el propio material quirúrgico durante el acto médico o intervención quirúrgica, o por olvido en el interior del paciente.
· No prestar la asistencia sanitaria de urgencia debida.
· Falta de consentimiento informado.
· No supervisar debidamente al paciente en el postoperatorio.
· No obtención del resultado esperado en cirugía estética voluntaria.
¿Qué debe hacer si cree que ha sufrido una negligencia médica?
Nuestro consejo es que confíe su reclamación en un abogado especialista en negligencias médicas, que le podrá asesorar e indicar los pasos a seguir, ya que estos primeros momentos son de suma importancia para el éxito de una posterior reclamación.
Si usted o algún familiar cree haber sido víctima de una negligencia médica, le ofrecemos un primer asesoramiento donde se realizará un primer estudio de la documentación médica y de la viabilidad del caso.
¿Por qué debo consultar con los servicios jurídicos de PEREZ TIRADO ABOGADOS?
La constante formación técnica y práctica de nuestro equipo jurídico en esta materia hace que PÉREZ TIRADO ABOGADOS sea un despacho altamente especializado en el ámbito del Derecho Sanitario, con una gran experiencia en reclamaciones por negligencias médicas.
Somos un despacho comprometido en la atención de personas que hayan sufrido una negligencia médica en cualquiera de sus especialidades (Ginecología, Traumatología, Cirugía Vascular, Oncología, Cirugía Estética, Odontología, etc.), ya sea en la sanidad pública o privada, dando la respuesta legal más adecuada para la reparación o compensación del daño causado.
Por la propia complejidad de esta materia, antes de llevar a cabo una reclamación, se hace necesario realizar un estudio previo de viabilidad medicolegal, para ello contamos con la colaboración de un amplio equipo de médicos especialistas y peritos médicos de primer nivel y de todas las especialidades.
Por todo ello, si ha sido víctima de una mala praxis médica no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Nuestro campo de actuación es en toda España.
¿Qué procedimientos se pueden seguir para reclamar por los daños sufridos a causa de una negligencia médica?
A la hora de plantear un procedimiento por negligencia médica hay que tener en cuenta el ámbito en el que esta ha sucedido.
En este punto nos encontramos con dos grandes grupos: en primer lugar, se encuentran el mal funcionamiento del servicio público sanitario o errores médicos cometidos en centros médicos públicos o por sus profesionales sanitarios; y en segundo lugar, las negligencias originadas en centros médicos privados o por profesionales médicos privados.
· Si la negligencia se comete en la SANIDAD PÚBLICA (hospitales públicos, centros de salud, ambulatorios, centros concertados para planes de choque…), el procedimiento a seguir es un procedimiento administrativo previo mediante la interposición de una RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ante la administración sanitaria competente (Consejerías de Sanidad) por el mal funcionamiento de la administración o por el mal actuar de alguno de sus profesionales sanitarios En este procedimiento sólo se pueden exigir cantidades económicas, no responsabilidades penales o de otra clase al personal facultativo y/o sanitario, por lo que no cabe demandar al médico.
· Si la negligencia se comete en la SANIDAD PRIVADA (hospitales y centros médicos privados, médicos privados, odontólogos, centros de cirugía estética, cirujanos plásticos…), el procedimiento a seguir será la interposición de una DEMANDA por RESPONSABILIDAD CIVIL contra los causantes del daño, que se tramitará ante la jurisdicción CIVIL.
· Por último, indicar que existe la posibilidad de acudir a la jurisdicción PENAL, aunque no sea lo más conveniente en la mayoría de los casos, debiendo valorarse cada caso en concreto para ver si esta es la vía adecuada.
¿De qué plazo dispongo para reclamar una negligencia médica?
Las acciones por errores o negligencias médicas están sujetas a distintos plazos de prescripción dependiendo de la jurisdicción en la que deban interponerse, sin que pueda ejercitarse la acción si ese plazo ya ha transcurrido.
Para reclamar judicialmente una negligencia médica, debemos determinar primero si la actuación u omisión se produjo en el servicio sanitario público o en el privado, y asimismo si los hechos son constitutivos de delito.
Con ello determinaremos la vía judicial a utilizar.
· VÍA PENAL (para hospitales y clínicas públicas y privadas):
Procedimiento que se tramitaría por los Tribunales de justicia de la jurisdicción PENAL.
En pocas ocasiones recomendamos utilizar esta vía, ya que los requisitos que se exigen para que prospere son difíciles de acreditar.
Sólo debemos seguir por esta vía cuando, tras analizar todos los hechos, sea la vía que el abogado recomiende. Los plazos para reclamar dependerán del delito cometido.
·VÍA ADMINISTRATIVA (hospitales y clínicas públicas):
El plazo para reclamar es de un año desde la ocurrencia del error médico, desde el fallecimiento del paciente o en el caso de que se cause o agrave una lesión, daño o enfermedad, el plazo empezaría a contar desde la fecha en la que sane o se estabilice el paciente de esta lesión, daño o enfermedad.
La sanación o estabilización se produce cuando el paciente recibe el alta de las lesiones causadas, bien porque ya están curadas o porque están estabilizadas, y por tanto consolidadas como secuela para el resto de su vida.
En este caso, es complejo poder determinar con exactitud el momento en el que comienza a contar el plazo para reclamar, por eso lo conveniente es que lo consulte con su abogado especialista, este punto debe servir como una pequeña orientación, porque en ocasiones hay otras circunstancias que deben tenerse en cuenta.
· VÍA CIVIL (hospitales, clínicas y médicos privados):
El plazo para reclamar es de un año a contar desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente o, en el caso de que se cause o agrave una lesión, daño o enfermedad, el plazo empezaría a contar desde la fecha en la que sane o estabilice la lesión, daño o enfermedad.
¿Qué se indemniza en una negligencia médica?
La indemnización que puede percibirse como consecuencia de una negligencia o mala praxis médica deberá individualizarse en cada caso concreto en función del daño causado.
La importancia del perito médico en estas reclamaciones.
Otro aspecto importante a tener en cuenta en este ámbito es la figura del perito médico, pues en estos casos, en los que se pretende conseguir el reconocimiento de una responsabilidad por parte del profesional sanitario, es estrictamente necesario contar con un perito médico experto en la materia, quien, tras estudiar la documentación médica, nos informará sobre la existencia del error médico y de las posibilidades y garantía de éxito ante una reclamación.
Posteriormente emitirá un informe pericial en el que concretará cuales han sido los errores médicos cometidos, fundamentándolos y estableciendo el nexo entre esa negligencia médica y el daño infligido al paciente.
Estos informes son de suma importancia en este tipo de procedimientos ya que son los peritos médicos quienes dan una fundamentación estrictamente técnica del caso.
Derecho de acceso a la Historia Clínica
Todo paciente o sus familiares, en caso de fallecimiento, tienen derecho a obtener una copia de su historia clínica, pudiendo solicitar esta documentación al médico, al centro hospitalario (público o privado) o al centro médico donde haya sido atendido.
Este derecho de acceso viene regulado en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de Autonomía del Paciente, debiendo destacar su artículo 14, en el que se establece el carácter integrador de la Historia Clínica de toda la información relativa a un paciente, así como su artículo 18 sobre la garantía a los usuarios del acceso a su Historia Clínica.
¿Ha sufrido una negligencia médica?
Llámenos al 93 4871133 / 91 4437788 o rellene el formulario y nuestros especialistas valorarán su caso de forma totalmente gratuita.
Confíe en Pérez Tirado Abogados
Si considera que es víctima de una negligencia médica, no dude en contactarnos. Nuestros abogados especializados resolverán sus dudas legales y le ayudarán a conseguir la máxima indemnización para su caso.